Terminos de uso - Programa de Lealtad - Tarjetas - FEDECRÉDITO

Programa de Lealtad

Reglamento

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD

Definiciones:

Para los efectos de estas disposiciones, los términos que a continuación se mencionan, tendrán los significados que en cada caso se indican:

a) Tarjetas: Las Tarjetas de Débito y Crédito internacionales de cualquier denominación.

b) Tarjetahabientes: Todas las personas naturales o jurídicas que hayan celebrado los respectivos contratos de Tarjeta de Débito y/o Crédito, con las diferentes Cajas de Crédito y Banco de los Trabajadores del SISTEMA FEDECRÉDITO.

c) Entidades Socias de FEDECRÉDITO: Cajas de Crédito y Bancos de los Trabajadores quiénes comercializan las Tarjetas de Débito y Crédito.

d) SISTEMA FEDECRÉDITO: Integrado por Cajas de Crédito, Bancos de los Trabajadores y su Federación (FEDECRÉDITO)

e) FEDECRÉDITO: Administrador de las Tarjetas de Débito y Crédito del SISTEMA FEDECRÉDITO conforme a la facultad establecida en el literal b) e i) del artículo 151 de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito.

f) Comercios: Aquellos negocios con los que FEDECRÉDITO ha establecido convenio para que puedan realizar canjes de forma directa con los Tarjetahabientes.

g) FEDEPUNTOS: Unidad de medida que tendrá el Programa de Lealtad para valorizar los distintos puntos que son generador por medio de las compras que el Tarjetahabiente realice en los comercios afiliacos a VISA. Asimismo, son los puntos provenientes de promociones, bienvenidas, etc.

h) Redención o canje de FEDEPUNTOS: operación realizada por cualquier Entidad Sociaconforme a gestión que de forma perconal realice el respectivo tarjetahabiente. Implica la reducción del número de puntos y a cambio se entrega un certificado de canje y/o bienes o artículos promocionales de parte de la Entidas Socia al Tarjeteahabiente.

i) Certificado de Canje: Comprobante emitido en los centros de atención a clientes del SISTEMA FEDECRÉDITO al Tarjetahabiente, producto de la redención de puntos o de los premios establecidos en el Programa de Lealtad.

j) Transferencia de puntos: Operación que implica una solicitud expresa de un tarjetahabiente, en la cual indica que los puntos que a la fecha tiene acumulados en su tarjeta de crédito y/o débito pueden ser transferidos de forma total o parcial a nombre de otra tarjeta.

k) Centros de Canje de Puntos: los centros de canje de FEDEPUNTOS, serán las Entidades Socias (incluye Agencias) que comercialicen tarjetas de crédito o débito, asimismo FEDECRÉDITO.

l) Domiciliación: Pertenencia de una tarjeta de crédito o débito a una Entidad Socias específica, la cual hizo comercialización o colocación de la misma.

m) Quasi Cash: Son transacciones que representan la compra de divisas extranjeras o artículos que pueden convertirse en efectivo, tales como, fichas de casino, criptomonedas, giros postales, boletos de lotería y cheques de viajero.

 

La asignación de puntos del Programa de Lealtad de las Tarjetas de Débito y Crédito que hubieran sido comercializadas por las Cajas de Crédito y Bancos de los trabajadores, se asiganarán de la siguiente manera:

 

a) Los Tarjetahabientes usuarios de las Tarjetas de Débito y Crédito tendrán derecho a la asignación de FEDEPUNTOS, únicamente por transacciones de compras a nivel local e internacional que se realicen en los comercios afiliados a la red de adquirentes del sistema VISA u otro al que las Tarjetas del SISTEMA FEDECRÉDITO tenga acceso.

b) Las Tarjetas de Débito y/o Crédito no acumularán FEDEPUNTOS por los siguientes programas de beneficios especificos: Programas de Protección contra Robo, Hurto, Fraude y Extravio, Retiros de Efectivo en Ventanillas, Pagos en Ventanillas, Cargos por Mora, Membresías, Extrafinanciamientos, Pagos y Retiros en Cajeros Automáticos (ATM´S) Cargos por Sobregiros, Cargos por Correcciones, Renovaciones, Cargo Automáticos, Transacciones QUASI CASH y toda transacción que no sea una compra directa.

c) Por cada dólar en compras que se realice con las Tarjetas de Débito o Crédito del SISTEMA FEDECRÉDITO, se le asignará al tarjetahabiente un FEDEPUNTO.

d) La acumulación máxima de FEDEPUNTOS por año será de 200,000 (Doscientos mil FEDEPUNTOS), los cuales se comenzarán a contar a partir de la primera compra realizada.

e) SISTEMA FEDECRÉDITO se reserva el derecho de modificar sin previo aviso el número de FEDEPUNTOS que se acumulan por cada dólar, y así también el modificar su valor y la vigencia de los mismos, excepto a disposiciones especiales para cada tipo de producto.

f) La asignación de un FEDEPUNTO por cada dólar podrá ser modificada de forma temporal, esto es cuando se realicen promociones de bienvenida, promociones específicas para determinados comercios, productos o épocas del año.

g) Los FEDEPUNTOS acumulados tendrán una vigencia de 2 años a partir de su asignación, los FEDEPUNTOS no canjeados durante su vigencia, serán eliminados por el sistema informático automáticamente y se dejará constancia en el estado de cuenta del tarjetahabiente.

h) Para el caso de la Tarjeta de Crédito, el movimiento y saldo de los FEDEPUNTOS del programa de lealtad, se dará a conocer al tarjetahabiente a través del estado de cuenta de la referida tarjeta, en el cual se detallará el saldo inicial, acreditación del mes, ajustes del mes, FEDEPUNTOS canjeados, débitos del mes, FEDEPUNTOS vencidos, nuevo saldo a fin de mes anterior y FEDEPUNTOS a vencer en el próximo mes.

i) Para el caso de la Tarjeta de Débito y/o Crédito, el saldo de los FEDEPUNTOS se le dará a conocer al tarjetahabiente por medio de consultas o gestiones que este realice en las Entidades Socias, FEDE RED 365, FEDE BANKING, FEDE MÓVIL, Call Center y en otros medios que se habiliten posteriormente para este fin.

j) Las cuentas de las Tarjetas de Crédito que tienen derecho a asignación de FEDEPUNTOS por las compras que realice, son las que esten en condición de vigentes.

k) Las compras realizadas con las Tarjetas de Débito y Crédito adicionales, generarán FEDEPUNTOS, pero se acumularán a la cuenta principal.

l) Las cuentas en mora de 1 a 30 días no se les asignarán FEDEPUNTOS, mientras tengan esa condición y los FEDEPUNTOS acumulados con derecho a canje, se restringirán a hacer canje únicamente por certificados que serán utilizados para abonar al saldo de la Tarjeta de Crédito.

m) Las cuentas que alcancen los 60 días mora o más, perderán automáticamente todos sus FEDEPUNTOS acumulados. Los puntos perdidos no podrán ser reasignados aún cuando el Tarjetahabiente regrese al estatus normal de su cuenta.

n) Las cuentas de las Tarjetas de Crédito que hubieran estado en mora, pero que su situación hubiese sido subsanada, es decir que ya no tengan mora, automáticamente podrán reiniciar la acumulación de FEDEPUNTOS por las compras que realice.

o) Las Tarjetas que sean canceladas, se les eliminará automáticamente el saldo de FEDEPUNTOS acumulados. El Tarjetahabiente podrá hacer uso de sus FEDEPUNTOS acumulados antes de su cancelación.

p) Cuando una Tarjeta de Débito o Crédito sea renovada o sustituida, los FEDEPUNTOS acumulados, se mantienen a favor del Tarjetahabiente.

q) Los FEDEPUNTOS pueden ser traspasados de forma permanente o por gestión concreta a otra tarjeta; para lo cual será necesario que se realice una solicitud escrita por parte del titular de la tarjeta que cede los FEDEPUNTOS. Para este caso, en la carta se indicará el nombre y número de la tarjeta a la cual se le trasladan los FEDEPUNTOS y será acompañada de la fotocopia del DUI del tarjetahabiente que cede los FEDEPUNTOS.